Marco de la UE sobre bienestar animal
Bienestar animal: el marco de la UE aplicable a la cadena porcina y qué puede preguntar antes de contratar
Las obligaciones de bienestar animal en la cadena porcina las fija la normativa de la Unión Europea y se aplican en la cría, en el transporte y en el sacrificio. Esta página expone ese marco, indica con claridad qué se afirma aquí y qué no, y recoge las preguntas que un comprador puede formular por escrito antes de contratar.
El marco reglamentario
El bienestar del cerdo en la Unión Europea lo fija una normativa que se aplica en un punto concreto de la cadena. Cada apartado indica la norma y a quién corresponde la obligación.
Cría — Directiva 2008/120/CE
Normas mínimas para la protección de los cerdos: superficie según el peso, alojamiento en grupo de las cerdas durante una parte definida del ciclo, acceso permanente a materiales manipulables y prohibición del raboteo como práctica sistemática. Una directiva obliga a los Estados miembros; en España se transpone mediante el Real Decreto 1135/2002, que impone la obligación a la explotación.
Transporte — Reglamento (CE) n.º 1/2005
Aptitud para el transporte, densidad de carga, tiempos de viaje y descanso, requisitos del vehículo y certificados de competencia de conductores y cuidadores. En viajes largos entre Estados miembros o con terceros países, el artículo 5, apartado 4, obliga al organizador a cumplimentar el cuaderno de a bordo, del que el transportista conserva copia.
Sacrificio — Reglamento (CE) n.º 1099/2009
El artículo 6 exige procedimientos normalizados de trabajo por escrito; el artículo 7, certificados de competencia para las operaciones reguladas, incluido el aturdimiento; y el artículo 17 obliga a los mataderos a designar un encargado del bienestar animal, con la excepción por volumen reducido prevista en su apartado 6.
Autorización y marcado — Reglamento (CE) n.º 853/2004
El artículo 4, apartado 2, exige que los establecimientos que manipulan los productos de origen animal recogidos en el anexo III estén autorizados por la autoridad competente, y el anexo II, sección I, exige que la marca de identificación incluya el número de autorización de dicho establecimiento; las canales de carne fresca llevan en su lugar la marca sanitaria aplicada conforme al Reglamento (UE) 2017/625. El artículo 148 de ese mismo Reglamento obliga a la autoridad competente a elaborar y mantener actualizada una lista pública de establecimientos autorizados, de modo que una marca puede contrastarse con ella.
Trazabilidad — Reglamento (CE) n.º 178/2002
El artículo 18 obliga a todo operador de empresa alimentaria a identificar el paso anterior y el paso siguiente. Un requisito de bienestar animal solo es auditable si ese vínculo se sostiene: es lo que conecta una caja con la partida que hay detrás.
Requisitos por encima del mínimo legal
Los estándares de la distribución y los programas de bienestar animal del cliente se sitúan por encima de la normativa de la UE y son contractuales, no automáticos; las declaraciones que exige un mercado de destino las fijan sus propias normas. Nada de lo anterior presupone ninguna de las dos. El comprador obligado a cumplir alguna debe plantearlo por escrito antes de contratar.
Qué afirma esta página y qué no
Esta página expone la normativa aplicable a la cadena porcina. No afirma nada sobre el desempeño de esta empresa dentro de ella.
Lo que sí se afirma
La normativa de la UE aplicable a la cría, el transporte y el sacrificio de porcino, a qué operador obliga cada norma y qué puede preguntar un comprador antes de contratar. El contenido normativo puede comprobarse en el texto publicado de cada norma citada.
Lo que no se afirma
Aquí no se menciona ni se insinúa ninguna certificación de bienestar animal, adhesión a programa, resultado de auditoría o evaluación de tercera parte. Nada se afirma sobre el sistema de cría, el acceso al aire libre ni un desempeño superior al mínimo legal.
Qué puede preguntar antes de contratar
El comprador con un requisito propio de bienestar animal debe plantearlo antes de contratar, no después del primer pedido. Estas son las preguntas que conviene formular por escrito, y esta página no presupone la respuesta.
- De qué establecimiento proceden los productos ofertados, cuál es su situación de autorización y qué marca aplicaEl punto de partida de cualquier consulta que le planteen una autoridad competente o su propio auditor.
- Qué etapas de la cadena se realizan internamente y cuáles corresponden a un proveedorAsí sabrá qué registros pedir aquí y cuáles solicitar a terceros.
- Si existe documentación de bienestar animal del establecimiento que respalda una oferta y en qué formaPida un inventario de lo que realmente se conserva, no una relación de lo que resultaría conveniente.
- Si puede cumplirse una norma concreta de bienestar animal de la distribución o del clienteLa cuestión depende de su norma, del producto y del volumen, y debe plantearse por escrito antes del contrato.
- Si existe una auditoría o un certificado de bienestar animal de tercera parte y cuál es su situaciónLa situación solo es significativa en la fecha en que se indica, y que no se haya emitido ninguno es una respuesta válida.
Preguntas que plantean los compradores
- ¿Disponen de alguna certificación de bienestar animal?
- En esta web no se publica ninguna certificación de bienestar animal ni se insinúa. Si su pliego exige alguna, plantéelo por escrito antes de contratar y no después del primer pedido.
- ¿Es carne de cerdo de cría al aire libre o extensiva?
- Esta web no afirma nada sobre el sistema de cría. Es una característica de la explotación de origen, no de una especificación de producto o de despiece, por lo que el comprador que lo exija debe indicarlo por escrito antes de contratar.
- ¿Pueden cumplir la norma de bienestar animal de nuestra cadena de distribución?
- Depende de la norma concreta, del producto y del volumen, y debe resolverse antes del contrato, no después del primer pedido. Envíe la propia norma y los códigos de producto junto con su consulta.
- ¿Qué información de bienestar animal acompaña a una expedición?
- El conjunto documental es el que exige el mercado de destino, tanto comercial como reglamentario. Una declaración de bienestar animal solo figura cuando la exige el modelo de certificado sanitario de ese mercado o su propio contrato.
Plantee su requisito de bienestar animal antes de contratar
Envíe los códigos de producto, el mercado de destino y la norma de bienestar animal que deba cumplir, y pida que se responda a cada requisito por separado.
Plantear por escrito un requisito de bienestar animal
Exponga el requisito de bienestar animal, junto con los códigos de producto y el mercado de destino.
Contactar con exportaciónSolicitar oferta
Indique el requisito de bienestar animal en la propia solicitud, junto con los códigos de producto, el volumen y el mercado de destino.
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